Nota de prensa

Foro Nuclear lamenta la carta firmada por el Gobierno de España solicitando la exclusión de la energía nuclear de la taxonomía

20 de julio, 2021

Esta postura pone en riesgo la financiación de la actividad de generación eléctrica nuclear en España y, por tanto, su continuidad durante la transición energética hasta el 2035. 

  • La carta dirigida a la Comisión Europea solicitando excluir a la energía nuclear de la taxonomía de actividades sostenibles ha sido firmada por la Ministra para la Transición Ecológica y la Ministra de Economía del Gobierno de España junto a ministros de los gobiernos de Alemania, Austria, Dinamarca y Luxemburgo, países que no tienen energía nuclear o que han planificado su cese. España tiene contemplado en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC) la continuidad de la generación nuclear hasta el 2030 -y posteriormente hasta el 2035 mediante el protocolo de acuerdo firmado entre Enresa y las compañías propietarias de las centrales nucleares-, por lo que el envío de dicha carta compromete este objetivo.
  • Las centrales nucleares españolas tienen previsto invertir en los próximos 10 años cerca de 3.000 millones de euros para mantener su actividad. Su exclusión de la taxonomía comprometería la financiación de dichas inversiones.
  • La firma de la carta supone, asimismo, una amenaza a los planes nacionales de energía de otros países de la Unión Europea (UE) que, como Francia, Suecia o Finlandia, entre otros muchos, se apoyan en la generación nuclear para conseguir sus objetivos de descarbonización.

La carta del Gobierno de España pone en riesgo la financiación de la actividad de generación eléctrica nuclear en España

La taxonomía de la UE es una herramienta de transparencia sólida y con base científica que introduce criterios de desempeño claros para determinar qué actividades económicas contribuyen de manera sustancial a los objetivos del Pacto Verde Europeo. Esos criterios ayudan a empresas e inversores a orientar -con mayor credibilidad- sus estrategias a las actividades medioambientalmente sostenibles.

El objetivo de la taxonomía es fomentar la canalización del capital necesario para financiar el crecimiento sostenible y la descarbonización de la economía europea, para lograr los objetivos climáticos de la UE y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.

El objetivo de la taxonomía es fomentar la canalización del capital necesario para financiar el crecimiento sostenible y la descarbonización de la economía europea

Las actividades que queden incluidas en la taxonomía -y, por tanto, consideradas sostenibles medioambientalmente- tendrán mayores facilidades para financiar sus inversiones. Por el contrario, aquellas que queden excluidas tendrán mayores dificultades para financiarse, conseguir inversores y, por tanto, desarrollar su actividad.

El Reglamento (UE) 2020/852, publicado oficialmente en junio de 2020, contiene los fundamentos del sistema de clasificación común europeo de actividades económicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental, lo que permite, a su vez, determinar el grado de sostenibilidad de una inversión.

La clave del funcionamiento básico de la taxonomía es la siguiente. Se considera que una actividad económica es sostenible medioambientalmente cuando:

  • Contribuye sustancialmente a uno o varios de los objetivos medioambientales. El reglamento recoge seis objetivos: 1) la mitigación del cambio climático; 2) la adaptación al cambio climático; 3) el uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos; 4) la transición hacia una economía circular; 5) la prevención y el control de la contaminación, y 6) la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas. Al requerir que la contribución sea sustancial, se busca evitar que ligeras mejoras en una actividad económica sean consideradas sostenibles.
  • No causa ningún perjuicio significativo al resto de los objetivos.

Las actividades que queden incluidas en la taxonomía -y, por tanto, consideradas sostenibles medioambientalmente- tendrán mayores facilidades para financiar sus inversiones.

La Comisión Europea ha recabado la opinión de distintas comisiones científicas con el objetivo de evaluar si la generación nuclear cumple con los requisitos anteriormente citados. Algunas de ellas - el Joint Research Centre, el Grupo de Expertos del Artículo 31 de Euratom y el Comité científico sobre salud, medioambiente y riesgos emergentes (SCHEER)- ya han emitido su opinión favorable a la no exclusión de la generación nuclear en la taxonomía, al cumplir con los requisitos requeridos por la misma, ya que cumple con el principio de “No daño significativo”.

La nuclear, fundamental en la transición energética

Otros organismos internacionales de referencia, utilizando criterios exclusivamente científicos, como la Agencia Internacional de la Energía (IEA) y el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático de Naciones Unidas (IPCC) también han expresado su opinión sobre el papel fundamental de la energía nuclear durante el proceso de descarbonización en la transición energética.

La energía nuclear es una fuente libre de CO2 y una pieza esencial en la lucha contra el cambio climático. Es, además, una fuente siempre disponible capaz de suministrar grandes cantidades de electricidad sin contaminar la atmósfera.

En la Unión Europea produce más de una cuarta parte de la electricidad consumida y supone cerca del 50% de la generada sin emisiones.

En España, lleva siendo -en la última década de forma consecutiva- la primera fuente de generación en el sistema eléctrico con más del 20% anual, lo que representa entre el 30% y el 40% del total de la electricidad libre de emisiones generada, convirtiéndose así en la tecnología que más ayuda a frenar las emisiones contaminantes.

Dada la urgencia climática, hay que contar con todas las fuentes bajas en carbono disponibles en la actualidad

Dada la urgencia climática, hay que contar con todas las fuentes bajas en carbono disponibles. Al igual que ya ocurre en otros muchos países del mundo y de la UE, los análisis disponibles, entre ellos el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima del Gobierno de España, señalan que el sistema eléctrico español necesita de la continuidad de la operación del parque nuclear hasta 2035, para cumplir con los objetivos medioambientales y para mantener la energía eléctrica firme necesaria que garantice un suministro continuo y la regulación técnica y el equilibrio del sistema eléctrico.

En el horizonte de aplicación del PNIEC, las centrales nucleares españolas tienen previsto invertir cerca de 3.000 millones de euros para mantener su actividad en condiciones de  seguridad. La exclusión de la energía nuclear de la legislación europea sobre taxonomía comprometería la financiación de dichas inversiones y la capacidad de las actuales empresas propietarias de mantener su apoyo a la actividad de generación nuclear.

Adicionalmente, una decisión así afectaría también en el conjunto de su actividad a la financiación de las empresas propietarias de las centrales nucleares, ya que cualquier empresa que tenga una actividad que no esté incluida en la taxonomía tendrá dificultades de financiación o peores condiciones para la misma que cualquier compañía que no la tenga.

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